Secretarías Electorales
 
Santa Fé DISTRITO de Santa Fé
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Funciones de la Junta Electoral Nacional
Las funciones y atribuciones de

las Juntas Electorales están dispuestas en el Art. 52 del Código Electoral Nacional.

  • Aprobar las boletas de sufragio.

  • Designar las

    autoridades de las mesas receptoras de votos y

    determinar la forma en que las mismas efectuarán el escrutinio.

  • Decidir

    sobre las impugnaciones, votos recurridos y

    protestas que se sometan a su consideración.

  • Resolver

    respecto de las causas que a su juicio fundan la

    validez o nulidad de la elección

  • Realizar el Escrutinio Definitivo del

    distrito, proclamar a los que resulten electos y

    otorgarles sus diplomas.

  • Nombrar al personal

    transitorio y afectar al de la Secretaría

    Electoral Nacional con arreglo a lo

    dispuesto en el artículo anterior.

  • Realizar las

    demás tareas que le asigne esta ley, para lo cual podrá:

  • Requerir de cualquier

    autoridad judicial o administrativa, sea nacional,

    provincial o municipal, la colaboracion que estime

    necesaria;

  • Arbitrar las medidas de

    orden, vigilancia y custodia relativas a documentos,

    urnas, efectos o locales sujetos a su disposición o

    autoridad, las que serán cumplidas directamente y de

    inmediato por la policía u otro organismo que cuente con

    efectivos para ello.

  • Llevar un libro

    especial de actas en el que se consignará todo lo

    actuado en cada elección.